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Finalmente, la SSN levantó la medida cautelar que le prohibía celebrar nuevos contratos de seguro a la Agrosalta Cooperativa de Seguros, tal lo resuelto oportunamente a través de la Resolución SSN 40622 del 2017.
Más allá de eso, tal como establece la Resolución SSN 40722 (fechada el 23/8/17), por ahora se mantendrá la Inhibición General de Bienes impuesta por la Resolución SSN 38.480 de julio de 2014, ratificada por la mencionada Resolución 40.622 de julio de este año (se decretó la inhibición de sus bienes, prohibiéndosele realizar actos de disposición respecto de sus inversiones).
Recordemos que este acto administrativo fue dictado en atención a la situación económica y financiera evidenciada y especialmente en función de las graves irregularidades detectadas en la registración de los pasivos que impedían determinar con certeza la real situación de la aseguradora frente las relaciones técnicas. Ello llevó a la Superintendencia, a la mencionada medida cautelar de prohibición de celebrar nuevos contratos de seguros a la aseguradora, tras detectarse un déficit de capital al 31/3/2017 de $371.530.990, que representaba un 688% del capital a acreditar.
Tras ello, la Gerencia de Evaluación procedió a verificar la información proporcionada por Agrosalta y concluyó que se encuentra subsanado el referido déficit de capital, por cuanto los importes verificados en la cuenta custodio en el Banco BBVA ascienden a la suma de $ 484.624.842.
En la actualidad, no se mantienen las circunstancias que motivaron en su momento el dictado de la medida cautelar”, explicaron en la SSN.
Vale decir que 6 días antes de la emisión de dicha norma, la Superintendencia dio a conocer la Resolución SSN 40722 (17/08/17), donde se oficializó la concesión del recurso de apelación interpuesto por Agrosalta. Tales actuaciones fueron elevadas a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial.
Fuente: 100seguros.com.ar
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